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Publicado julio 21, 2021 por databonaerense - 430 visitas
Se hizo a través de la resolución 723/2021 publicada en el Boletín Oficial. Nuevamente se permiten reuniones de hasta 10 personas, deportes, casinos y bingos.
Este miércoles se oficializaron varios cambios en el semáforo epidemiológico que rige para todo el país. La medida prevé además una flexibilización de varias actividades en la zonas calificadas como de alto riesgo vinculadas a reuniones sociales, espectáculos artísticos, viajes grupales y aperturas de espacios como bingos y casinos.
A través de la resolución 723/2021, firmada por el jefe de Gabinete de la Nación Santiago Cafiero y la ministra de Salud de la Nación Carla Vizzotti, el Gobierno advierte que es momento de “poner el foco en aquellas medidas sanitarias, focalizadas, limitadas en el tiempo, orientadas a disminuir las actividades de riesgo, la circulación de personas y a retrasar la transmisión comunitaria de la variante Delta, las que combinadas con el avance en la vacunación de la población, son los ejes de acción en relación con la COVID-19”.
El semáforo epidemiológico de tres niveles -bajo, medio y alto- se mantendrá, pero habrá algunos cambios. A partir de ahora, los criterios para definir riesgos sanitarios son los siguientes:
RIESGO EPIDEMIOLÓGICO BAJO
RIESGO EPIDEMIOLÓGICO MEDIO
RIESGO EPIDEMIOLÓGICO ALTO
Además, los partidos de más de 300 mil habitantes serán considerados en situación de alarma epidemiológica y sanitaria cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea igual o superior a 500, el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80% y se presente tendencia en ascenso del número de casos en 3 semanas o más de aumento de casos de por lo menos el 10% por semana.
FLEXIBILIZACIÓN DE ACTIVIDADES
La resolución también habilita nuevas actividades en los lugares considerados como de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario que presenten una razón de casos menor a 1,2 a las siguientes actividades:
La normativa aclara además que las jurisdicciones podrán autorizar la realización de viajes en grupos de hasta DIEZ (10) personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto se verifiquen las siguientes condiciones:
El cumplimiento efectivo de lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de resolución en el ámbito de cada jurisdicción, explicaron, quedará sujeta a su expresa adopción por parte de las Gobernadoras y los Gobernadoras de Provincias y del Jefe de Gobierno la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sus respectivos territorios.
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