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Alberto Fernández promulga la ley de Cupo Laboral Diana Sacayán-Lohana Berkins

Publicado julio 7, 2021 por databonaerense - 543 visitas

El presidente Alberto Fernández firmará el decreto de promulgación de la Ley 27.636 este mediodía en el Museo del Bicentenario de casa de gobierno.


El presidente Alberto Fernández encabezará hoy el acto de firma del decreto de promulgación de la Ley 27.636 de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero.

Según se informo oficialmente, el acto que encabezará Alberto Fernández será este mediodía en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada.

Se trata del proyecto de ley de Promoción de Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero Diana Sacayán- Lohana Berkins, que se votó el 24 de junio. Entre sus principales puntos se incluye el cupo laboral mínimo del 1% para la comunidad travesti-trans. El proyecto obtuvo 55 votos a favor y 1 en contra, mientras seis legisladores decidieron abstenerse.

“Celebro la sanción de la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para personas Travestis, Transexuales y Transgénero Bandera transgénero”, expresó Alberto Fernández desde su cuenta de Twitter, tras la sanción.

“Este logro es la continuación de los avances hechos con el decreto 721/2020 del Cupo Laboral Travesti Trans en el Sector Público Nacional”, dijo Alberto Fernández y agregó: “Es el resultado de la lucha de un colectivo históricamente vulnerado. Era hora de que el Estado escuchara y atendiera su reclamo. Hoy somos un país más justo e igualitario que reconoce y celebra su diversidad”.

Cabe recordar que o que hoy firmará Alberto Fernández es el resultado de un consenso impulsado por el Frente Orgullo y Lucha, la Liga LGBTIQ+ de las Provincias y la Convocatoria Federal Trans y Travesti Argentina, en un trabajo mancomunado con las diputadas nacionales Mónica Macha, Gabriela Estévez, Vanesa Siley y Cristina Álvarez Rodríguez.

El proyecto fue impulsado por el oficialismo y establece, entre otros puntos, que el Estado deberá contratar a personas travestis, transexuales, transgénero, con un cupo de al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.