23/11/2024 - Dólar Oficial: $986.5 / $1026. - Blue: $1115 / $1135 -
El tiempo - Tutiempo.net

Provinciales

Procrear II: qué localidades de la provincia de Buenos Aires están contempladas

Publicado diciembre 6, 2021 por databonaerense - 454 visitas

Hasta el 20 de diciembre pueden anotarse para el sorteo del Procrear II familias de Buenos Aires y otras 13 provincias ¿Qué localidades contempla?


El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió el 2 de diciembre, las inscripciones para que familias de 14 provincias del país puedan acceder a un crédito hipotecario a través de la línea Desarrollos Urbanísticos de Procrear II. Entre las provincias participantes se encuentran varios municipios bonaerenses.

Pueden inscribirse familias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, La Pampa, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, San Luis, Santa Fe, Tierra del Fuego y Tucumán al sorteo de 900 unidades funcionales ubicadas en los predios en diferentes localidades.

En provincia de Buenos Aires se realizaron Desarrollos Urbanísticos para Procrear II en las localidades de Bahía Blanca, Bolívar, Canning, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Ezeiza, Ituzaingó, Lincoln, Morón, San Antonio de Areco, San Miguel, San Nicolás, Suipacha, Tandil y Tigre.

Los interesados en acceder al crédito pueden inscribirse hasta el próximo 20 de diciembre. El sorteo, en tanto, tendrá lugar el lunes 27 del mismo mes. En total, se sortearán 902 unidades funcionales.

El Procrear permite acceder a un crédito hipotecario para primera vivienda
El Procrear permite acceder a un crédito hipotecario para primera vivienda

¿Cuáles son los requisitos para inscribirse?

La línea Desarrollos Urbanísticos de Procrear II, en el marco del programa federal Casa Propia, brinda a las familias el acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas en uno de los predios donde el Estado Nacional lleva adelante estos Desarrollos Urbanísticos.

Los requisitos para inscribirse al sorteo son los siguientes:

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el PROCESO DE INSCRIPCIÓN. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 2 SMVyM y 8 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados: matrimonio, unión convivencial o unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.